Asesoría jurídica

LA NUEVA LEY DE ALQUILER

Asesoría Jurídica y Económica de UP

Desde la Asesoría Jurídica y Económica de UP nos explican todos los detalles de la nueva Ley de Alquiler que trata de dar salida al gran volumen de viviendas vacías, quitando el miedo de impago a los propietarios (hoy en día solamente el 17% de las viviendas en España están bajo el régimen de alquiler, siendo la media europea del 30%).

La nueva Ley del alquiler de inmuebles entro en vigor el 4 de junio de 2013, a través de la cual, surgen una nueva serie de derechos y obligaciones entre el inquilino y el casero, cuya característica fundamental, es una mayor flexibilización entre las partes, permitiéndose acuerdos libres. Las principales novedades son las siguientes:

Plazos más cortos. Se reducen los plazos legales de duración del contrato de arrendamiento, pasando de 5 a 3 años.

Revisión de rentas. Con la Nueva Ley a partir del tercer año del contrato se podrá negociar la renta al alza o a la baja, sin estar ligada como hasta ahora al IPC.

Pago de las reformas. Si un inquilino propone una reforma del inmueble que revaloriza el mismo, se puede negociar con el casero, para que el importe de la reforma se descuente de las mensualidades del alquiler.

Agilización del desahucio por impago de la renta. En caso de morosidad, incluso con un solo mes de impago (el inquilino tiene 10 días para pagar a partir de que recibe el requerimiento de abono). En caso de no abonar la renta/as adeudadas, el desahucio se realizara inmediatamente.

Facilidades para dejar y recuperar la vivienda. El inquilino podrá irse de vivienda una vez hayan pasado seis meses (antes de esta Ley era un año), siempre y cuando avise con 30 días de antelación. Por su parte el casero podrá recuperar la vivienda para residencia suya o de familiar de primer grado, a partir del primer año de alquiler, siempre y cuando avise al inquilino con dos meses de antelación.

Registro de inquilinos morosos. El Gobierno ha creado un Registro, para que los propietarios de inmuebles puedan consultar si la persona/as que quieren alquilar dicho inmueble están al corriente de pago.

Acreditación del Certificado Energético. Desde el 1 de junio de 2013 es obligatorio disponer del Certificado de eficiencia energética para alquilar viviendas, enfrentándose el casero a multas de entre 300 y 6.000 euros en caso de incumplimiento.

En resumen, lo que se trata es de dar salida al gran volumen de viviendas en propiedad que se encuentran vacías, quitando el miedo de impago a los propietarios (hoy en día solamente el 17% de las viviendas en España están bajo el régimen de alquiler, siendo la media europea del 30%).

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